El mantenimiento ATEX no es un preventivo más: es la aplicación simultánea de dos marcos reglamentarios sobre cualquier instalación donde pueda formarse una atmósfera explosiva. El Real Decreto 681/2003 protege a los trabajadores en el lugar de trabajo; el Real Decreto 144/2016 regula los aparatos que se instalan allí. Esta guía explica qué obliga el RD 681/2003 al titular, cómo se clasifican las zonas, qué debe contener el documento de protección contra explosiones y qué registrar en un GMAO. Para encajarlo con el resto de obligaciones legales, revisa el calendario de inspecciones reglamentarias.
01Dos reglamentos, un mismo riesgo
Antes de entrar en obligaciones concretas conviene separar los dos reglamentos ATEX que la planta debe cumplir a la vez. Uno protege al trabajador; el otro, los aparatos que entran en la zona.
Transpone la Directiva 1999/92/CE (ATEX 153, también conocida como ATEX 137). Obliga al empresario a evaluar el riesgo, clasificar las zonas, redactar el documento de protección contra explosiones, formar a los trabajadores y mantener los equipos en condiciones seguras.
- 8 artículos y 3 anexos
- Publicado en BOE n.º 145, 18 de junio de 2003
- En vigor desde el 30 de junio de 2003
Transpone la Directiva 2014/34/UE (ATEX 114, antes 94/9/CE). Define las categorías de aparatos (1, 2 y 3), el marcado Ex y los procedimientos de evaluación de la conformidad. Es la norma que debes exigir al fabricante antes de comprar.
- Sustituye al RD 400/1996
- Marcado Ex con grupo (I minería o II superficie) y categoría
- Certificado de examen UE de tipo cuando corresponde
El RD 681/2003 remite expresamente al reglamento de aparatos (hoy el RD 144/2016) para elegir qué puede entrar en cada zona. Cumplir uno sin el otro deja la instalación fuera de norma.
02Las seis zonas ATEX
El Anexo I del RD 681/2003 clasifica las áreas por la frecuencia y la duración con que puede aparecer la mezcla explosiva. Son seis zonas: tres para gases, vapores y nieblas, y tres para polvos combustibles.
03Qué aparato puedes instalar en cada zona
El Anexo II.B del RD 681/2003 fija la correspondencia entre zona y categoría del aparato. Una categoría más alta es más exigente y, por tanto, puede usarse también en las zonas menos severas.
| Zona | Riesgo | Categoría mínima permitida | Ejemplo de marcado |
|---|---|---|---|
| 0 | Gas / vapor permanente | 1 | II 1G |
| 1 | Gas / vapor ocasional | 1 o 2 | II 2G |
| 2 | Gas / vapor improbable | 1, 2 o 3 | II 3G |
| 20 | Polvo combustible permanente | 1 | II 1D |
| 21 | Polvo combustible ocasional | 1 o 2 | II 2D |
| 22 | Polvo combustible improbable | 1, 2 o 3 | II 3D |
Las letras G y D indican gas o polvo (dust); el grupo II identifica aparatos para superficie, no minería. Las categorías vienen del RD 144/2016 (Directiva 2014/34/UE), al que el RD 681/2003 remite.
04El documento de protección contra explosiones
El artículo 8 del RD 681/2003 obliga a elaborar y mantener actualizado el documento de protección contra explosiones (DPCE). Debe redactarse antes de que comience la actividad y revisarse ante cualquier modificación, ampliación o transformación importante. Estos son los seis puntos que ha de reflejar según el propio artículo:
- Riesgos evaluados. Se han determinado y evaluado los riesgos de explosión del lugar de trabajo.
- Medidas adecuadas. Se tomarán las medidas necesarias para lograr los objetivos del real decreto.
- Zonas clasificadas. Áreas clasificadas conforme al Anexo I (zonas 0, 1, 2, 20, 21 y 22).
- Requisitos mínimos. Áreas en las que se aplicarán los requisitos mínimos del Anexo II.
- Diseño y mantenimiento. El lugar, los equipos y los sistemas de alerta están diseñados, se utilizan y se mantienen teniendo en cuenta la seguridad.
- Equipos de trabajo seguros. Se han adoptado las medidas del RD 1215/1997 para que los equipos se utilicen en condiciones seguras.
El DPCE puede ser un documento específico o integrarse con la evaluación de riesgos general. Lo relevante es que esté y que se mantenga vivo: fecharlo una vez y archivarlo no cumple la norma.
05Obligaciones de mantenimiento
El RD 681/2003 no publica una tabla de frecuencias, pero sí fija cinco obligaciones concretas que condicionan todo el plan de mantenimiento. La norma técnica internacional de referencia para la inspección y mantenimiento de instalaciones eléctricas en atmósferas explosivas es la EN 60079-17; para la propia selección e instalación de equipos, la EN 60079-14.
- Fija la frecuencia de inspección eléctrica según la evaluación y el entorno (habitual, salino, corrosivo), siguiendo la EN 60079-17.
- Documenta cada intervención con fotografía, firma y referencia al activo.
- Revisa el DPCE al cambiar una línea, un producto o un turno.
- Dar por buena la clasificación de hace diez años sin revisarla al cambiar sustancias o procesos.
- Instalar equipos sin marcado Ex por «ser una zona pequeña».
- Firmar un permiso de trabajo en caliente sin medición previa de gases.
06Qué registrar en el GMAO
El GMAO convierte el DPCE en un plan vivo y en una trazabilidad defendible ante auditoría. Si usas Oxmaint, apóyate en seguridad y cumplimiento para centralizar listas, actas y evidencias. Como mínimo registra:
Cuando la ejecución está ordenada en el GMAO, cada permiso, cada acta y cada defecto se convierte en una orden trazable. Si todavía no tienes un plan preventivo estructurado, repasa primero cómo preparar un plan de mantenimiento preventivo y luego aplícalo al perímetro ATEX.
07Preguntas frecuentes
¿A qué instalaciones aplica el RD 681/2003?
¿Quién debe redactar el documento de protección contra explosiones?
¿Hay que inspeccionar las instalaciones ATEX con una periodicidad fija?
¿Qué pasa con los equipos y lugares anteriores a 2003?
¿La clasificación de zonas la puede hacer cualquiera?
¿Cómo se diferencia una zona ATEX de gas de una de polvo?
Información general sobre normativa vigente, no asesoramiento jurídico. Verifica siempre el texto consolidado del Real Decreto 681/2003 y la normativa autonómica aplicable antes de tomar decisiones.
Registra cada aparato Ex con su zona y categoría, programa inspecciones específicas y guarda el DPCE junto a cada activo.